DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se tiene como legitimada la aprehensión del ciudadano DAVID YONNY SÁNCHEZ RIVAS, titular de la cédula de identidad N° V-26.450.665, conforme a lo establecido en el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal y la Sentencia N° 1381 de fecha 30-10-2009, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Francisco Antonio Carrasqueño López.
SEGUNDO: Se fija la realización de la Audiencia Preliminar para el día 30 de mayo de 2016, a las 09:30 horas de la mañana.
TERCERO: Se acuerda dejar sin efecto la orden de aprehensión que presenta el ciudadano DAVID YONNY SÁNCHEZ RIVAS, titular de la cédul.....