En virtud de los razonamientos que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara sin lugar sobre la interpuesta en fecha 6-3-2015, por la Abg. Elva Carpio Cordero, Defensora Pública de DAVID ROPERO PEDRAZA, JUAN CARLOS CUETO MORENO, LUIS EDUARDO ANGARITA, LEONARDO FABIO BLANDON BOLIVAR, FABIAN EDUARDO DIAZ, NILXON URIEL TAPIA ROCHA, ÁNGEL ALBEIRO GARCIA DIAZ y SERGIO PEÑA CARCAMO, contra la decisión dictada en fecha 27-2-2015, por la Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Extensión Guasdualito, mediante la cual decretó en contra de los antes mencionados, medida cautelar de privación de libertad, por la presunta comisión en el delito de tráfico y com.....