D I S P O S I T I V A
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Juzgado Segundo del municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, fundamentado en las razones que anteceden, ACUERDA: Homologar el presente DESISTIMIENTO, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y el Artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-
Diarícese, déjese copia y notifíquese a las partes.-
La Jueza,
Abg. Carmen Dolores Marín
La Secretaria,
Teresa Y. Márquez de Laya
Seguidamente se publica la anterior decisión en esta misma fecha: 27/10/2004, a las 10:50 a.m., Conste.-
Teresa Y. Márquez de Laya
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