Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación intentado en fecha veintinueve (29) de septiembre de 2011, por el abogado Carlos Javier Villanueva Núñez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada en fecha veintitrés (23) de septiembre de 2011, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante el cual declaró Desistido del Procedimiento y Terminado el Proceso; TERCERO: No hay condenatoria en costas.