Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Parcialmente Con Lugar la Querella Funcionarial (Cobro de Diferencia de Cesta Ticket), interpuesto por la ciudadana Ojeda Sevilla Mayra Alejandra, titular de la cédula de identidad Nº V-12.900.300, representada judicialmente por el abogado en ejercicio MARCOS GOITIA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.239, contra la Gobernación del Estado Apure.
Segundo: Se ordena el pago de cesta ticket correspondiente a los años 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003.
Tercero: Se niega los intereses de mora, conforme a lo dispuesto en la motiva de la presente decisión.
Cuarto: Se ordena el pago de indexación solicitado.
Quinto: Se ordena la r.....