Por todo lo antes expuesto que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, a favor del penado MOISES GÓNZALEZ ANGARITA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº C.C.- 82.129.285, natural de Toledo, Norte de Santander, Colombia, de ocupación u oficio agricultor, hijo de Mercedes Angarita y Pedro González, residenciado en el Barrio La Azulita, Sector B, casa sin número, El Nula, estado Apure, quien fue condenado por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, cometido con Alevosía, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal vigente, en perjuicio de Yolanda Acosta Quintero. En consecuencia, queda MOISES GÓNZALEZ ANGARITA, en Libertad Plena.....