DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: REVOCA la gracia del CONFINAMIENTO, concedida al penado: BRICEÑO SANCHEZ YANIO YANOSWKY, titular de la cédula de identidad Nº 11.293.413, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 literal b de la Ley de Régimen Penitenciario, por no haber cumplido con las condiciones impuestas y señaladas en el articulo 20 del Código Penal Venezolano, en consecuencia, Líbrese Orden de Captura a los organismos competentes. Notifíquese al Fiscal de Ministerio Público y al Defensor, Remítase copias certificadas de la decisión; a la División de Antecedentes Penales y al Prefecto del Municipio San Diego, Estado Carabobo. Ofíciese. Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN (S),
DR. EDWIN MANUEL BLANCO