ACUERDA: PRIMERO: Admitir totalmente la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra de los adolescentes (---, por la comisión del delito de CONTRABANDO DE EXTRACCION, previsto y sancionado en el artículo previsto y sancionado en el artículo 64 de la Ley Orgánica de Precios Justos, en el caso de los adolescentes ---, y COMPLICE NECESARIO EN EL DELITO DE CONTRABANDO DE EXTRACCION, previsto y sancionado en el artículo 64 de la Ley Orgánica de Precios Justos, en concordancia con el articulo 84 numeral 3º del Código Penal, en el caso del adolescente ---en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Admitir totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, por ser lícitas, legales, pertinentes y necesarias. TERCERO: Admitir la aplicación del procedimiento especial de admisión de los hechos, solicitado por el adolescente imputado y establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, por cumplirse los supuestos de proced.....