Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud que hiciera la Defensora Pública, Abogada Maria Elena Delgado, actuando en su condición defensora del penado IVAN JOSE SANTANA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.583.122, de no pernocta en el Internado Judicial de San Fernando de Apure.
SEGUNDO: ACORDAR PERMISO ESPECIAL al penado destacamentario, Iván José Santana, anteriormente identificado, los días martes 08 y miércoles 09 de Junio del presente año, para trasladarse hasta la ciudad de Barinas, Estado Barinas, hacia la Coordinación Zonal Nº 06 para que le sea practicado el respectivo Informe Psicosocial, por el equipo multidisciplinario que allí labora, debiendo pernoctar en el Internado Judicial de esta ciu.....