Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (cobro de diferencia de prestaciones sociales y demás conceptos laborales), interpuesto por el ciudadano JOHN EDGAR VIDAL ARAUJO, venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 4.669.309, representado judicialmente por la abogada en ejercicio y de este domicilio Elvia Matute, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 96.916 contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE.
Segundo: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay expresa condenatoria en costas.