PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Prórroga a la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, que interpusiera la ciudadana Fiscal Décima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, respecto de la acusada ciudadana: CARMEN LUZMIRI LEDEZMA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 20.019.002; a quien el Ministerio Fiscal le endilgó la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS O QUIMICOS PARA SU ELABORACION, FABRICACION Y PRODUCCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS O QUIMICOS PARA SU ELABORACION Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, para los dos primeros delitos y Artículo 277 del Código Penal para el tercer delito, como materializado en perjuicio de LA COLECTIVIDAD
En consecuencia, se prorroga por el lapso de UN (01) a.....