AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE a la ciudadana MARIA ALEJANDRA RONDON VALERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.471.442, representante legal de los niños (se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente),, para que gestione por ante los Organismos Competentes el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a los citados niños, con motivo del fallecimiento de su padre el ciudadano JUAN CARLOS REYES ARAY, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 15.247.707, quien falleció el día 20-06-2.009 ad-Intestato en el Hospital Pablo Acosta Ortiz en la ciudad de San Fernando Estado Apure. Igualmente queda AUTORIZADA para retirar los cheques a nombre de este Tribunal en dichos Organismos. Advirtiéndosele que los beneficios deben ser cancelados en cheque de GERENCIA a nombre de este Tribunal y consignarlo para su debida .....