Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD del Defensor Privado Abg. ROBERTO JOSÉ SANABRIA MANOSALVA, que se le acuerden MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD, al imputado JOSÉ VÍCTOR MANUEL SOTO VIVAS, venezolano, mayor de edad, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.171.680, natural de la Ceiba, estado Táchira, nacido en fecha 15 de marzo de 1962, de estado civil casado, de ocupación agricultor, residenciado en el sector La Ceiba, vía Valle Verde, El Jabillo, bajando después de la entrada de la Piedraita y antes del Puente Morante, pasando la casa de dos pisos que tiene una mesa de pool afuera, finca El Jabillo, en la vía después del puente de la entrada a mano iz.....