DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de LIBERTAD PLENA de conformidad con el artículo 44.1 de la Constitución, a favor del ciudadano CARMEN RAMON SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° 9.109.122, realizada por la representación fiscal, a la cual se adhiere la defensa pública, en virtud de los fundamentos de hechos y de derecho expuestos en la narrativa de la presente decisión
SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la División Nacional de Captura del C.I.C.P.C., con sede en Caracas, a los fines de solicitarle, deje sin efecto, la solicitud, que se encuentra presente en el Sistema SIPOL, en contra del ciudadano CARMEN RAMON SUAREZ, tal y como fue acordada en la narrativa de esta decisión
TERCERO: Se acuerda con lugar exped.....