PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por el Ministerio Público, en contra del ciudadano GUILLERMO FRANCISCO MUÑIZ ABUHADBA, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.587.416, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 43 tercer y cuarto aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 99 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: Adolescente (Se omite la Identidad de conformidad a lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Adolescentes y Adolescente).