En mérito de los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Apure y Municipio Arismendi del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano Celso Hirlan Tinedo González, titular de la cédula de identidad N° 10.921.526, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Robert Alberto Moreno Juárez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.642, contra la decisión de fecha 05 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: Se Revoca la decisión de fecha 05 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
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