DECISION:
Por tal motivo, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y del Municipio Arismendi del Estado Barinas actuando en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara que tales diligencias resultan suficientes para decretar el TITULO SUPLETORIO de DOMINIO sobre las bienhechurías consistentes en: "...Una (01) casa de mampostería: con distribución de Tres (03) cuartos, una (01) sala cocina, una (01) sala comedor; dos (02) baños internos; un (01) lavandero techado; dos (02) corredores; construcción de hierro y concreto, un (01) galpón estructural de hierro, piso de concreto techo de acerolit de 54 mts, un (01) galpón de estructura de hierro, techo de acerolit, piso de tierra de 90 mts anexo a la casa y utilizado como quesera, un (01) galpón de estructura de hierro, techo de acerolit, piso de concreto de 30 mts, utilizado como depósito, un (01) galpón de estructura de hierro, techo de zinc, ut.....