CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CON VEINTIUN CENTIMETROS (182,21 M2), bienhechurías las cuales están constituidas por una (01) casa con paredes de bloques frisadas, dos (02) habitaciones, un (01) baño, una (01) sala recibo, una (01) sala comedor, cocina semi empotrada, piso de cemento pulido, techo de acerolit y zinc, lavandero, puertas y ventanas metálicas y cuenta con servicio de luz, aguas blancas y servidas, en las cuales se invirtieron una suma de TRESCIENTOS MIL CON CERO CENTIMOS (Bs. 300.000,00). A favor de la ciudadana ELVIRA YUSMELI PEREZ FLORES, plenamente identificada. Se ordena devolver las resultas a la Solicitante.-
El Juez;
ABG. FRANCISCO JAVIER PADRÓN.
La Secretaria Titular;
ABG. MARÍA MILAGRO ARANGUREN T.-
En esta misma fecha se devuelven las presentes actuaciones y cons.....