Por lo tanto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar la impugnación, realizada por el ciudadano JOEL ARMANDO PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.620.934, en su condición de Presidente de la Asociación Civil AGABUFALO, parte demandada en el asunto principal, debidamente asistido del abogado WILFREDO CHOMPRÉ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.179, al poder judicial que fue consignado en autos, otorgado por ante la Notaría Pública del Municipio San Fernando del Estado Apure, en fecha 13 de diciembre de 2024, No. 61, Tomo 52, a los abogados ANDRÉS OCTAVIO GARCÍA PÉREZ Y OCTAVIO JOSÉ GARCÍA SOTO, inscritos en el inprebogado bajo el N° 113.398 y 140.528 respectivamente, por la parte demandante ASOCIACIÓN DE GANADE.....