este Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad a las previsiones del articulo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, por decisión dividida, Declara: PRIMERO: CULPABLE, al Ciudadano ANIBAL ORLANDO ABANO LOBO, venezolano, mayor de edad, natural de Achaguas Municipio Achaguas del Estado Apure, de estado civil casado, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.622.894, de oficio comerciante y domiciliado en la calle Urdaneta N° 18 de la población de Achaguas del Estado Apure; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal, con vigencia 20-10-2.000 al 15-03-05, en perjuicio del ciudadano GERMAN RAMON ZARATE HIDALGO, titular de la cedula de Identidad personal N° 2.229.756; en consecuencia se CONDENA a ANIBAL ORLANDO ABANO LOBO, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS D.....