Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, PRIMERO: La LIBERTAD PLENA del ciudadano FREDY RAFAEL MACUALO, venezolano, de 50 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.183.790, natural de Guasdualito, Estado Apure, nacido en fecha 20-05-58, de estado civil soltero, hijo de María Fernanda Macualo y José Mergarejo, comerciante, residenciado en el Barrio Los Alcaravanes, vía principal, diagonal al mercado municipal, Guasdualito, Estado Apure, dado que ha juicio del Tribunal no hay suficientes elementos de convicción que hagan presumir la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, precalificado por el Fiscal del Ministerio Público, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenci.....