DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se reanuda el curso de la presente causa al estado en el cual se suspendido habida cuenta de la realización de la audiencia preliminar en la presente causa seguida al imputado ROBERTO ANTONIO APARICIO, titular de la Cédula de Identidad Nº: 17.849.774, en consecuencia, se fija el acto de Audiencia Prelimar en la presente causa para el día 20-07-2009, a las 9:45 de la mañana.
SEGUNDO: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÒN DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: ROBERTO ANTONIO APARICIO, titular de la Cédula de Identidad Nº: 17.849.774, conforme a las previsiones del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de libertad. Se da por notificada las partes de la lo acordado por este tribunal. .....