Por las ya proporcionadas razones de hechos y derecho, esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto por la profesional del derecho MARY GRATEROL PETTI, en su condición de Defensora Privada del ciudadano Edy Josué González Farías, formulada por ante el Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, en contra de la Sentencia dictada en fecha 27-07-2010 y publicada el 10-08-2010, en la causa signada con el N° 2M-415-08 e identificada por esta alzada con el Nº 1As-1926-10, que condena al acusado EDY JOSUÉ GONZÁLEZ FARÍAS, a cumplir la pena de cuatro (04) años y diez (10) meses de prisión, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 74 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ACHAGUAS.
SEGUNDO: SE CON.....