DECLARA: CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A, instaurada por los ciudadanos YOLIS DEL CARMEN SOLANO RIVAS y RAMON EUCLIDES PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 14.218.223 y 11.762.538, en su orden, según el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído el día 16 de Febrero del año 2.001, por ante la Prefectura del Municipio Autónomo de Biruaca, Estado Apure, según Acta Nro. Veinticuatro (24).