Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) SIN LUGAR la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que intentó la ciudadana AIDA ROSA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 8.157.401, asistida por los Abogados EISEN BRAVO, ALEXIS BENAVIDES Y IGOR JOSE HIDALGO, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 52.697, 96.921 y 27.483 respectivamente, y de este domicilio, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE SALUD DEL ESTADO APURE (INSALUD), en la persona de su representante legal, Dr. JORGE PEREZ. 2°) No se Condena al INSTITUTO AUTÓNOMO DE SALUD DEL ESTADO APURE (INSALUD), por encontrarse evidentemente Prescrita la acción. 3°) En virtud de que prevalece la realidad sobre las formas y la realidad única es que el trabajador.....