DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, y cumpliendo funciones de guardia, DECLARA:
UNICO: Se concede la prorroga de quince (15) días solicitada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico, en el solicitud penal S3C-155-09, (Fiscalia: 04-F04-1071-09) seguida al ciudadano JESUS ALBERTO LOPEZ titular de la cédula de identidad Nº V- 17.272.540, los cuales comenzaran a computarse a partir del vencimiento de los treinta días, es decir desde el día 04 de Enero de 2010 inclusive, y culminara el día 18 de Enero de 2010, todo de conformidad a lo establecido en el quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto en el proceso se debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y la Justicia en la aplicación del derecho. En consecuencia .....