Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones realizadas, de las copias de las Cédulas de Identidad, Acta de Defunción, Acta de Matrimonio y Actas de Nacimiento acompañadas a la Solicitud y visto el cómputo practicado por secretaría, cursante al folio veinte (20), en el cual se evidencia que transcurrieron los tres (03) días de despacho sin que haya comparecido persona alguna que se crea con derecho o tenga interés con lo relacionado en la presente solicitud, sólo aparece como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus PABLO JESUS RATTIA, suficientemente identificado, a las ciudadanas, ESTER SARAI RATTIA LOPEZ, ROSA DEL CARMEN LOPEZ DE RATTIA, ANGEL GABRIEL RATTIA LOPEZ Y UZIEL JESUS RATTIA LOPEZ, cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad co.....