DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
ÚNICO: Con lugar solicitud de permiso para el penado SANDY OSWALDO OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.545.144, planteada por el Director del Internado Judicial de San Fernando de Apure y el Consultor Jurídico, a los fines de que asista a los Juegos deportivos a realizarse en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, del 05-08-2008, al 13-08-2008. En consecuencia se concede el mismo con las seguridades del caso, para lo cual debe tramitar el Director del Internado que le alberga todo cuanto sea conducente en relación a la seguridad del penado ciudadano SANDY OSWALDO OJEDA para así lograr el retorno del mismo hasta su centro de reclusión. Remítase copia de la decisión al director del In.....