D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL DE CONTROL SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1CA-843-03, seguida contra el imputado: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente, venezolano, natural de esta ciudad, indocumentado, hijo de María Magdalena Bolívar, residenciado en la vía perimetral, barrio la Defensa, casa S/N°, de esta ciudad; por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el Código Penal Venezolano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal ¿D¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con.....