En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano ROBLES CASTILLEJO CRISTINIANO, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de ciudadanía Nº CC.-18.923.984, de 39 años de edad, natural de Chimichagua-Cesas, República de Colombia, nacido en fecha 14-09-1968, de estado civil soltero, de ocupación obrero, hijo de Antonio Robles y Onilsa Beleño; residenciado en la calle principal, Barrio Pedro Nel, Arauca, República de Colombia. Teléfono: 0416-4327681, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD FALSO, tipificado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y numeral 1º del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana .....