TERCERO: Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE. EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA LA SOLICITUD de Abg. Iván Eduardo Landaeta Rodríguez, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana LUZBI YASLIA SÁNCHEZ RUIZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-9.143.046, natural de San Cristóbal, estado Táchira, de 47 años de edad, con fecha de nacimiento del 11 de febrero de 1963, de estado civil divorciada, de ocupación Trabajadora Social, residenciada en la Av. 19, tallado 90, Rubio, estado Táchira, contra quien se instruye Causa penal signada con el Nº 1M519-10, y de los ciudadanos Chacón Sánchez José Albino, Castro Casique Pedro Gregorio, Cuevas Soto Lilian Margarita, Gamboa Sosa Luís Humberto, y Guevara Niño Rufino, por la presunta comisión de los delitos de USU.....