DECISION
Por las razones que anteceden el Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito judicial Penal del estado Apure, HABILITADA como esta para el conocimiento de la presente causa, cuyo Tribunal de origen es el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, de este Circuito Judicial Penal, según Resolución Nº 004-2011, de fecha 11 de Agosto del presente año, emanada de la Presidencia de este Circuito Judicial Penal, a cargo del Juez Presidente Adonai Solís Mejías, en virtud de la ampliación de competencia para conocer durante el Receso Judicial pautado entre el 15 de Agosto de 2011 y 15 de Septiembre de 2011, ambas fechas inclusive, de solicitudes de revisión de medidas de las personas privadas de libertad, ya sea por razones de salud, o cualquier otra variación de las circunstancias, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
UNICO: Sustituir la Medida Cautelar S.....