III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la presente acción REIVINDICATORIA intentada por los ciudadanos AIDA AMAIR KOMAIR y NAGE AMAIR KOMAIR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-4.669.235 y V-8.191.884 respectivamente, y de este domicilio, en contra del ciudadano JOSE CADENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.359.438 y de este domicilio; en consecuencia, se ORDENA al ciudadano JOSE CADENAS, a restituir a los ciudadanos AIDA AMAIR KOMAIR y NAGE AMAIR KOMAIR, la propiedad del inmueble constituido por una parcela de terreno constante trescientos setenta y ocho metros cuadrados con doce decímetros cuadrados (378,12 M2), ubicada en la segunda transversal d.....