DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE PRORROGA, que en fecha: 12 de septiembre de 2011, interpusiera la ciudadana Fiscal Primera del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Abogada JOSELIN JOZARETH RATTIA COLINA; en la presente causa signada Nº 2C-14.005-11, según nomenclatura de este Tribunal y 04-F01-0784-11, nomenclatura de la Fiscalía de origen; en consecuencia se conceden a la referida Fiscalía del Ministerio Público, un plazo de quince (15) días continuos, contados a partir del día siguiente a la fecha en que fenecieron los treinta (30) días, dentro de los cuales, o a su término, deberá formalizar ante este Tribunal, el acto conclusivo de la investigación que estime a lugar. Notifíquese. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.
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