Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR la inhibición propuesta por el Dr. Francisco Velázquez Estévez, Juez Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante acta de inhibición de fecha 06 de noviembre de 2007, en el Juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales, ha incoado la ciudadana NANCY NEPTALÍ PÉREZ VILLAZANA, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO APURE; Segundo: conforme a lo previsto en el artículo 41de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Juez que suscribe la presente decisión continuara conociendo de la siguiente causa. Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en la ciudad de San Fernando.....