DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: SIN LUGAR la presente acción REIVINDICATORIA intentada por la ciudadana MILAGRO JOSEFINA RAMOS SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.584.291 y de este domicilio, en contra de los ciudadanos LUIS HERNAN CORRALES LABRA y JUDITH VICTORIA REATEGUI AREVALO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-12.064.833 y V-19.999.850 respectivamente, y de este domicilio, y así se decide. Igualmente DECLARA SIN LUGAR la reconvención que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentó la ciudadana JUDITH VICTORIA REATEGUI AREVALO en contra de la ciudadana MILAGRO JOSEFINA RAMOS SALAZAR, y así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión .....