Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se confirma el fallo en consulta; SEGUNDO: Se condena a la Gobernación del Estado Apure a cancelar a la ciudadana ANA MALPICA las siguientes cantidades: antigüedad nuevo régimen SETENTA Y DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 72.000,00), prestación de antigüedad por término de la relación laboral SETENTA Y DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 72.000,00), indemnización por despido injustificado CUARENTA Y OCHO MIL BOLÍVARES (Bs. 48.000,00), indemnización sustitutiva de preaviso SETENTA Y DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 72.000,00), vacaciones fraccionadas CIENTO QUINCE MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 115.200,00), diferencia de salarios CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 144.000,00), indemnización por retiro voluntario UN MILLÓN CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (.....