DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: UNICO: EL ARCHIVO DE ACTUACIONES de la causa penal signada con el Nº 1CA-1511-08 seguida a los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 16 años de edad para la fecha de los hechos, titular de la cédula de identidad Nº 25.711.854, hijo de Mireya Isabel Ara, residenciado en el callejón El Inos, barrio La Defensa, frente a la Bodega Armada, casa s/n de esta ciudad de San Fernando, Estado Apure; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto en los artículos 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en consecuencia el cese inmediato de todas las medidas de coerción persona.....