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Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Sin Lugar la apelación intentada por el abogado Jimmy José Ilarraza Milano, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha tres (03) de diciembre de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, que declaró con lugar la demanda; SEGUNDO: Se confirma la decisión antes mencionada;(...)