DECISIÓN
En consecuencia, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Con lugar la apelación intentada por el abogado José Hidalgo, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha cinco (05) de agosto de dos mil cinco (2005), emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, mediante la cual declaró inadmisible la demanda, contra la Gobernación del Estado Apure; SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada por el Tribunal A-quo; TERCERO: Se ordena remitir la presente causa al tribunal primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, para que se pronuncie sobre el fondo de la misma. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del la presente decisión.