PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscal del Ministerio Público, ABG. IESMARY MIRABAL, en contra de los ciudadanos: MANUEL JOSÉ SALINAS SANTODOMINGO y EDUARDO ENRIQUE MONTILLA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO EN GRADO DE PERPETRADORES previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el artículo 6 numeral 1, 2 y 3 eiusdem en conexión con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano GONCALVES OLIVEROS JOAO ARLINDO, y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal; SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4, respecto al delito LESIONES CULPOSAS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 420 ordinal 2 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JONATHAN MENDOZA.
CUARTO: Se declara Sin lugar las excepciones interpuestas en fecha 24-06-13 por el abogado AN.....