DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la ley le confiere, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, en la causa seguida al ciudadano JOHAN JOSE RENGIFO, Titular de la cedula de identidad Nº 18.543.891, natural de esta ciudad, edad 24 años, nacido el 14-11-83-, de profesión u oficio Agricultor, Residenciado en la Viento B, Segunda entrada, derecho al final, en una vivienda al lado del señor Chompré, Biruaca, Estado Apure, hijo de Hortensia Rodríguez y Edgar Rengifo, y en consecuencia: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, conforme a lo establecido en el en ordinal 7° del artículo 48, en concordancia con el artículo 45 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el ordinal 3° del artículo 318 Ejusdem. Cúmplase.
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