D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
ACUERDA: LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano: MANUEL MARÍA GONZÁLEZ BRAVO, titular de la Cédula de identidad N° V.-12.325.078, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, VIOLENCIA FÍSICA, VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONÓMICA, previsto y sancionado en los artículos 39, 42 y 50 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la victima ciudadana NURIS YARINA MERCADO, por el lapso de un (01) año, con las siguientes condiciones: ° Presentaciones periódicas cada sesenta (60) días ante el Área de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado apure, por el lapso de un (01) año, en cumplimiento del Régimen .....