DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: MEDIDA CAUTELAR SUSUTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD a favor del ciudadano: JOAO CARLOS GONCALVES CABRAL, venezolano, natural de Maracay Estado Aragua, nacido el día: 17-08-1978, de 33 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad personal N° V-14.297.443 y residenciado en la Calle Rió Aragua, Quinta la Bendición de Dios, Nº 17-26, Urbanización Fundación Mendoza Maracay, estado Aragua; por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el Art. 462 en su último aparte del Código Penal, que le endilgara la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Apure como perpetrado en contra del ciudadano: OSCAR ALIRIO MENDOZA CAMPOS, titular de .....