Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y por ende bastante y suficiente las presentes actuaciones a favor de la ciudadana RODRIGUEZ SOLORZANO RODRINA MARIANA, venezolana, mayor de edad, titular de identidad N° V- 20.611.425 y su hermano adolescente Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolano, menor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-26.539.266, en su condición de hijos de los decujus DINA DEL CARMEN SOLORZANO CARRASQUEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.871.311 y el decujus JESUS JEANRO RODRIGUEZ PUE.....