Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure con Sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la conversión de la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento en Divorcio, en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos YSAURA JOSEFINA CARRERO GONZALEZ y CARLOS EDUARDO GARCIA BELISARIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.717.818 y 8.155.276, por ante la extinta Jefatura Civil del Municipio Foráneo El Recreo, Estado Apure, el día 08 de Abril del año dos mil (2.000), tal como consta en acta de matrimonio llevada por los libros de Registro Civil del mencionado Registro durante el año 2.000, signada con el Nº setenta y uno (71), de fecha 08.....