Este Juzgado del Municipio Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO, el presente Convenio en la forma y oportunidad de pago, de conformidad con el artículo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes. En consecuencia, se impone de carácter definitivo PRIMERO: La cantidad de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.F 400.oo) mensuales, en partidas de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.F 200.oo) quincenales, el 15 y el 30 de cada mes. SEGUNDO: Un bono especial en el mes de septiembre de por un monto de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs.F 1.500.oo). TERCERO: Un bono especial en el mes de Diciembre de TRES MIL BOLÍVARES (Bs.F 3.000.oo), Asimismo se compartirán el 50% de los gastos médicos, cuando sean requeridos por el niño.
Se acuerda notificar a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción.....