Éste Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: HOMOLOGADO el presente Convenimiento Judicial en la forma y oportunidad de pago convenido por las partes antes nombradas, de conformidad con el articulo 375 en concordancia con el artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se impone de carácter Definitivo PRIMERO: El padre se compromete aportar la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) mensuales por concepto de Obligación de manutención, en dos cuotas los quince y últimos de cada mes, los cuales deberá entregar personalmente a la madre, para lo que se hará entrega del recibo correspondientes cada mes. SEGUNDO: Igualmente, se compromete hacerse cargo de los gastos de uniforme, útiles escolares en el mes d.....