Vista la solicitud, suscrita por el ciudadano SOTERO RAMÓN ROJAS venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.358.713, debidamente asistido por las abogadas NEIDA MAIGUALIDA UVIEDA PADILLA y GIOCONDA ISABELITA RODRÍGUEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nº 159.089 y 159.070, en la cual ha solicitado de este Tribunal se les declare, conjuntamente con los ciudadanos ELICIA ROSA ROJAS, MARÍA MATILDE ROJAS, CARMEN ELECIA ROJAS, FRANCISCO ARCADIO ROJAS e HILDA BERNARDA ROJAS DE RIVAS, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad N° 3.349.841, 4.671.219, 5.359.230, 5.358.712 y 3.769.409 respectivamente como "Únicos y Universales Herederos" de quien fuera su legítima madre la decujus ROSA AMELIA ROJAS, quien fue Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 2.221.933, fallecida ab intestato, el día cuatro (04) de Diciembre del año Dos Mil Catorce (2014). Publicado por la prensa cartel de notificación a cuantas personas tuviese.....