DISPOSITIVA
Examinada y analizada como ha sido la relación de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, administrando justicia en el nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: CON LUGAR la presente acción de DIVORCIO 185-A, POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y consecuentemente, disuelto el vinculo matrimonial, contraído por los ciudadanos ADUCARIN BRAVO GUTIERREZ y KARINA ACOSTA GARCIA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Municipio Biruaca, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos V-8.760.129 y V-10.094.378, respectivamente, debidamente asistidos en por el Profesional del derecho, Abogado en ejercicio YHONNY ALEXANDER SOTO, venezolana, mayor de edad, Inpreabogado Nº 208.125.
Liquídese la comunidad conyugal, si hubiere lugar a ello. No hay condenatoria en costas, por la natural.....